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Ha pasado otro año más y es hora de pensar en la
preparación fiscal. A continuación encontrarás
más sugerencias fiscales útiles para este año.
¡Dos cambios importantes para el 2007!
Deducción única por seguro hipotecario
El seguro hipotecario es deducible de impuestos
bajo la sección de intereses de una vivienda
calificada,
únicamente para el 2007.
El seguro hipotecario es un seguro
frecuentemente requerido por el prestamista
hipotecario, que ofrece una cobertura contra
pérdidas que el prestamista podría incurrir en
caso de un atraso en el pago de tu hipoteca.
Calificarás si tienes un seguro hipotecario, si
tu ingreso no excede $110,000, y si detallas
deducciones de impuestos. Aplican ciertas reglas
y límites, así que infórmate bien si preparas tu
propia declaración de impuestos.
Nota: Si la cantidad de tu seguro hipotecario no
figura en el informe anual que recibes de tu
compañía hipotecaria, comunícate con dicha
compañía.
Ya no es obligatorio presentar declaraciones de
impuestos de una sociedad
Durante muchos años les he dicho a los IBO que
no están obligados a presentar declaraciones de
impuestos de una sociedad por el solo hecho de
que su cónyuge sea su socio(a) en el negocio.
¡El IRS (Servicio de Rentas Internas) finalmente me oyó
y ha declarado que no es obligatorio! Quienes
previamente hayan presentado declaraciones de
impuestos de una sociedad, cerciórense de
comunicar esta información al individuo que les
prepara las declaraciones. ¡No tiene sentido
pagarle dos declaraciones de impuestos a un
preparador si sólo se necesita una!
Nota: Por el momento, el IRS no ha ofrecido indicaciones de cómo optar por no
presentar declaraciones de impuestos de una
sociedad, pero es la ley.
Continuará…
Joe
Averigua más sobre
Joe DePetris, Jr.,
y la preparación de impuestos y asuntos fiscales
de IBO en
IBO Bookkeeping 101.
Te ofrecemos este artículo como un recurso
educativo –y exclusivamente informativo– para
ayudar a guiarte. No debe considerarse un
asesoramiento legal, contable ni de ninguna otra
índole profesional. Nada de lo incluido en el
presente implica una recomendación del autor, de
la
IBOA International ni de Amway Global,
respecto a medidas o métodos de cumplimiento
regulatorio. Los lectores y usuarios que decidan
tomar, o dejar de tomar, cualquier medida en
base a la información provista aquí, primero
deberán consultar a su asesor fiscal calificado,
preferiblemente un contador profesional, o
autoridades regulatorias correspondientes.
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